Pasaporte cubano: cómo sacarlo o renovarlo en Cuba y en el exterior
Cuánto dura, cuánto cuesta en los consulados y qué piden para el pasaporte cubano, según el Arancel Consular de 2026 y la nueva Ley de Migración.
Para un cubano que vive fuera, el pasaporte es el documento que desbloquea casi todo lo demás: la Ley de Migración lo exige para entrar y salir de Cuba, y su Reglamento lo admite como documento de identidad válido mientras su titular está en la isla. Para quien vive en Cuba, es el paso previo a cualquier viaje.
Esta guía resume lo que dicen las normas publicadas en la Gaceta Oficial: el Decreto 91 de 2023, el Arancel Consular de la Resolución 37 de 2026 y la Ley 171 «De Migración» con su Reglamento, que entran en vigor el 1 de noviembre de 2026.
Cuánto dura: diez años y sin prórrogas
El Decreto 91 de 2023 del Consejo de Ministros, en vigor desde el 1 de julio de 2023, fijó la validez del pasaporte corriente en diez años, o en cinco cuando se solicita en representación de un menor de 16 años, y lo declaró improrrogable. Los pasaportes expedidos antes de esa fecha mantienen su vigencia hasta el vencimiento que figura en el documento y no requieren nuevas prórrogas.
El Arancel Consular de 2026 mantiene esa misma validez: 10 años para mayores de 16 y 5 años para menores. Cuando el pasaporte vence, no se prorroga: se pide uno nuevo.
Si llegas a Cuba con el pasaporte vencido
La Ley 171 «De Migración» exige en su artículo 87 que los ciudadanos cubanos cuenten con pasaporte vigente o documento equivalente para entrar o salir del país. Pero su artículo 152 prevé expresamente el caso del cubano residente en el exterior que, a su entrada, tenga el pasaporte vencido o sin páginas: puede pedir uno nuevo en las oficinas de Trámites del Ministerio del Interior o a través de los bufetes colectivos y las consultorías jurídicas internacionales habilitadas.
Esa ley entra en vigor el 1 de noviembre de 2026. En cualquier caso, la aerolínea decide con qué documento te deja embarcar, y para salir de Cuba vas a necesitar un pasaporte nuevo.
Cuánto cuesta en el exterior
Las tarifas consulares las fija la Resolución 37 de 2026 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicada en la Gaceta Oficial No. 80 Ordinaria de 30 de septiembre de 2026 y en vigor desde el 1 de octubre. En los países de la zona euro se cobran en euros; en el resto, en dólares o en su equivalente en la moneda local, a la tasa que aprueba el Ministerio.
Los gastos de envío por correo los paga el usuario y no forman parte del arancel, y los servicios prestados fuera del horario de atención llevan recargo doble.
| Trámite en el consulado | Arancel |
|---|---|
| Pasaporte por primera vez, renovación o pérdida, mayores de 16 años (validez de 10 años) | 200 USD o EUR |
| Pasaporte por primera vez, renovación o pérdida, menores de 16 años (validez de 5 años) | 160 USD o EUR |
| Pasaporte provisional | 120 USD o EUR |
| Documento de Viaje y Tránsito | 120 USD o EUR, más 30 por la solicitud |
| Cualquier acto, diligencia o trámite no personal | 30 USD o EUR |
| Tramitación de servicios por el Portal Consular | 30 USD o EUR |
Qué te piden
El Reglamento de la Ley de Migración, que entra en vigor el 1 de noviembre de 2026, fija los requisitos en sus artículos 342 y 343. Los menores de 18 años y las personas en situación de discapacidad necesitan, cuando proceda, la autorización de los padres o representantes legales formalizada ante notario.
| Si resides… | Requisitos |
|---|---|
| En Cuba | Carné de identidad; autorización notarial para menores de 18 años cuando proceda; pago del Impuesto sobre Documentos |
| En el exterior | Solicitud en el modelo oficial; pasaporte anterior, certificación de nacimiento o carta de ciudadanía; autorización notarial para menores de 18 años cuando proceda; constancia de pago del arancel consular |
Cómo se tramita
Fuera de Cuba, la solicitud se presenta en la oficina consular cubana, que la remite al Centro de Personalización del Ministerio del Interior y entrega después el pasaporte a su titular, según el Decreto 91 de 2023. Cada consulado publica su forma de presentar la solicitud y de pagar.
Desde Cuba, un familiar también puede gestionar el pasaporte de un cubano residente en el exterior a través de un bufete: la Resolución 486 de 2025 del Ministerio de Justicia fija para ese servicio una tarifa de 5 625 CUP o 234 USD.
- Revisa la fecha de vencimiento con margen antes de cualquier viaje o trámite.
- Consulta en tu consulado la forma de presentar la solicitud y de pagar.
- Reúne el modelo oficial, el pasaporte anterior o la certificación de nacimiento y, si es un menor, la autorización notarial.
- Presenta la solicitud y paga el arancel.
- Al recibir el pasaporte, comprueba que todos los datos son correctos antes de viajar.
Si también tienes otra nacionalidad
Según el artículo 14 de la Ley 172 «De Ciudadanía», que entra en vigor el 1 de noviembre de 2026, adquirir otra ciudadanía no implica perder la cubana. Mientras estén en el territorio nacional, los ciudadanos cubanos se rigen por esa condición, no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera y tienen la obligación de identificarse como cubanos a la entrada, durante la permanencia y a la salida.
La misma ley regula la renuncia a la ciudadanía cubana: exige ser mayor de 18 años, acreditar otra ciudadanía, encontrarse en el extranjero, no tener deudas con el Estado cubano y no estar cumpliendo sentencia ni perseguido por un delito.
Cuándo pueden impedirte salir
El artículo 97 de la Ley 171 recoge los supuestos en los que una persona no puede salir del país, entre ellos: estar sujeta a un proceso con medida cautelar de prohibición de salida, tener pendiente una sanción con prohibición de salida, las obligaciones del Servicio Militar, las razones de Defensa y Seguridad Nacional y las obligaciones con el Estado o la responsabilidad civil dispuestas por las autoridades.
Un pasaporte vigente no garantiza por sí solo la salida si concurre alguno de esos supuestos.
El pasaporte y tu casa en Cuba
Para un cubano que vive fuera, el pasaporte cubano es el documento con el que acredita su identidad en Cuba. Si piensas comprar, vender, heredar o firmar un poder relacionado con una vivienda, comprueba que tu pasaporte vence después de la fecha prevista para la firma: renovarlo con prisas desde el exterior es la forma más fácil de retrasar toda la operación.
Preguntas frecuentes
- ¿Tengo que prorrogar mi pasaporte cubano?
- No. El Decreto 91 de 2023 declaró improrrogable el pasaporte corriente desde el 1 de julio de 2023. Los expedidos antes mantienen su vigencia hasta la fecha de vencimiento que figura en el documento.
- ¿Cuánto cuesta el pasaporte cubano en un consulado?
- Desde el 1 de octubre de 2026, 200 dólares o euros para mayores de 16 años y 160 para menores, según la Resolución 37 de 2026 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Si el trámite no es personal se suman 30 por ese concepto.
- ¿Qué pasa si llego a Cuba con el pasaporte vencido?
- La Ley 171, en vigor a partir del 1 de noviembre de 2026, prevé en su artículo 152 que el cubano residente en el exterior que llegue con el pasaporte vencido pueda pedir uno nuevo en las oficinas de Trámites del Ministerio del Interior o a través de los bufetes habilitados. Necesitarás ese pasaporte nuevo para salir, y la aerolínea decide con qué documento te deja embarcar.
- Soy cubano y tengo otra nacionalidad. ¿Con qué pasaporte entro a Cuba?
- La Ley 172 obliga a los ciudadanos cubanos a identificarse como tales a la entrada, durante la permanencia y a la salida, y les impide hacer uso de una ciudadanía extranjera en el territorio nacional. Tener otra nacionalidad no hace perder la cubana.
Fuentes
- Decreto No. 91 de 2023 del Consejo de Ministros (Gaceta Oficial No. 48 Extraordinaria de 30 de junio de 2023) — validez de 10 y 5 años, improrrogabilidad del pasaporte corriente y vigencia de los pasaportes anteriores.
- Resolución No. 37 de 2026 del Ministerio de Relaciones Exteriores — Arancel Consular (Gaceta Oficial No. 80 Ordinaria de 30 de septiembre de 2026), en vigor desde el 1 de octubre de 2026.
- Ley No. 171 «De Migración», Ley No. 172 «De Ciudadanía» y Decreto No. 136 de 2025, Reglamento de la Ley de Migración (Gaceta Oficial No. 39 Ordinaria de 5 de mayo de 2026, en vigor a los 180 días) — artículos 87, 97 y 152 de la Ley 171; artículos 14 y 46 de la Ley 172; artículos 340, 342 y 343 del Reglamento.
- Resolución No. 486 de 2025 del Ministerio de Justicia (Gaceta Oficial No. 95 Extraordinaria de 27 de diciembre de 2025) — tarifa de obtención de pasaporte de ciudadanos cubanos residentes en el exterior.
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