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Qué se puede llevar a Cuba en el equipaje: límites, cantidades y aranceles

El límite de 1 000 USD, cómo valora la Aduana, cuánto se paga, cuántas unidades de cada artículo se admiten y la nueva opción de pagar en dólares lo que exceda, vigente desde octubre de 2026.

Por Equipo editorial de CubanPortal Publicada el 30 de octubre de 20266 min de lectura

Las reglas para lo que trae una persona en su equipaje cambiaron en 2026. La Resolución 340 de 2026 de la Aduana General de la República, publicada en la Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 5 de octubre de 2026 y en vigor a los siete días, sustituyó a la Resolución 175 de 2022 con nuevas reglas y valores de referencia. En la misma Gaceta, el Decreto-Ley 132 de 2026 y la Resolución 197 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios permiten pagar en dólares lo que antes se decomisaba por exceso.

Esta guía resume esas normas, junto con el Decreto-Ley 22 de 2020, que fija el arancel para las importaciones sin carácter comercial, y la Resolución 352 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios, que fija las tarifas de los pasajeros.

El límite: 1 000 USD por pasajero

El valor de los productos del equipaje de un pasajero no puede exceder de mil dólares estadounidenses (artículo 13 del Decreto-Ley 22). Los objetos personales usados que trae el pasajero están exentos (artículo 7), y los menores de diez años solo pueden traer sus efectos personales (artículo 342 del Decreto 134 de 2025, Reglamento del Decreto-Ley de Aduanas).

Lo que se trae tiene que ser ocasional y para uso personal, familiar o del hogar (apartado segundo de la Resolución 340). Si por su naturaleza, su cantidad o la reiteración de las importaciones la Aduana considera que tiene carácter comercial, puede limitar durante un período el derecho a importar; mientras dure esa sanción solo se admiten los efectos personales (apartado décimo).

Cómo valora la Aduana lo que traes

Las misceláneas —calzado, ropa, alimentos, aseo, artículos del hogar, bisutería, perfumería y similares— se valoran por peso: para los pasajeros, un kilogramo equivale a diez dólares (apartado cuarto de la Resolución 340). Los electrodomésticos, equipos de informática y otros artículos duraderos se valoran por la declaración, la factura o el valor de referencia del Anexo II de la resolución, y se presentan al despacho separados de la miscelánea.

Cuánto se paga dentro del límite

Según la Resolución 352 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios, los primeros 50,99 USD de cada viaje están exentos. Por lo que exceda de esa cifra hasta los 1 000 USD se paga una tarifa progresiva que depende de si eres residente permanente en Cuba y de si es tu primera importación del año calendario:

Valor de lo importadoResidente permanente, primera importación del añoNo residentes, y residentes desde la segunda importación del año
Hasta 50,99 USDExentoExento
De 51 a 500,99 USD4 %100 %
De 501 a 1 000 USD8 %200 %

Cuántas unidades de cada cosa

La Resolución 340 fija cantidades máximas, siempre dentro del límite de valor. Las principales son:

  • Misceláneas de un mismo tipo: 5 kg; si son artículos muy pequeños, 1 kg.
  • Artículos que se valoran por factura o valor de referencia: hasta 5 de cada tipo si valen 50 USD o menos, y hasta 3 si valen más.
  • Electrodomésticos: hasta 2 del mismo tipo, incluidas las plantas eléctricas.
  • Teléfonos celulares: hasta 5. Equipos de cómputo: hasta 3.
  • Bicicletas, bicicletas eléctricas y patinetas: hasta 2.
  • Pinturas: 20 litros en total. Herramientas: 2 de cada tipo.
  • Drones: solo con autorización previa del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba.

Si te pasas: pagar en dólares o reembarcar

Hasta octubre de 2026, lo que superaba el límite o tenía carácter comercial se decomisaba. El Decreto-Ley 132 de 2026 modificó el artículo 14 del Decreto-Ley 22: en esos casos, la persona puede optar por formalizar la importación con carácter comercial y pagar el impuesto y los servicios en dólares estadounidenses. Si no paga ni reembarca la mercancía, se aplica el decomiso.

La Aduana despacha primero lo que entra en el límite y hace un despacho aparte para el resto (Anexo III de la Resolución 340). Si no estás de acuerdo puedes pedir el reembarque; si necesitas tiempo, la mercancía queda en custodia y el almacenaje corre por tu cuenta. El pago se hace con tarjeta internacional o nacional en dólares, y en efectivo solo en los aeropuertos, en las entidades habilitadas (Resolución 197 de 2026).

Valor de lo que excede (Resolución 197 de 2026)Impuesto aduanero en USD
Hasta 2 000 USD15 %
Exceso de 2 000 a 4 000 USD20 %
Exceso de 4 000 a 6 000 USD25 %
Exceso de 6 000 USD30 %

Declaraciones y reglas que conviene conocer

  • D’Viajeros: todos los viajeros que llegan por vía aérea, cubanos y extranjeros, llenan el formulario digital dentro de los siete días anteriores al embarque, y la aerolínea exige su código QR (Resolución 320 de 2022 del Ministerio del Transporte, modificada por la Resolución 175 de 2024).
  • Ese formulario es tu declaración ante la Aduana; si falla por razones técnicas, se entrega una declaración impresa (artículos 423 a 425 del Decreto 134 de 2025).
  • El modelo de Declaración de Aduana para Pasajeros obliga a declarar el dinero en efectivo y otros instrumentos de pago cuando superan 5 000 USD o su equivalente.
  • Los pasajeros no pueden traer encomiendas para terceros; la sanción es el decomiso (Decreto 134 de 2025).
  • El equipaje no acompañado debe llegar como máximo 90 días después del pasajero si viene por avión y 120 días si viene por barco (artículo 153 de la Resolución 532 de 2025 de la Aduana).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puedo llevar a Cuba sin pagar?
Los primeros 50,99 USD de cada viaje están exentos, igual que tus objetos personales usados. Los alimentos, el aseo y los medicamentos que viajan como equipaje acompañado, en bultos separados, están exentos y sin límite de valor por la Resolución 9 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios.
¿Qué pasa si mi equipaje vale más de 1 000 USD?
Desde octubre de 2026 puedes pagar en dólares el exceso como importación comercial, con un impuesto del 15 al 30 % según el valor, o reembarcarlo. Si no haces ninguna de las dos cosas, la Aduana lo decomisa.
¿Cuántos teléfonos puedo llevar?
Hasta cinco teléfonos celulares, según la Resolución 340 de 2026, siempre dentro del límite de valor. El valor de referencia de cada uno es de 80 USD.
¿Puedo llevar paquetes de otras personas?
No. El Reglamento del Decreto-Ley de Aduanas prohíbe a los pasajeros traer encomiendas para terceros, y la sanción es el decomiso.

Fuentes

  1. Decreto-Ley No. 22 de 2020, Arancel de Aduanas para las importaciones sin carácter comercial (texto concordado en la Gaceta Oficial No. 1 Edición Especial de 23 de enero de 2025) — artículos 7, 12, 13 y 14; artículo 14 modificado por el Decreto-Ley No. 132 de 2026 (Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 5 de octubre de 2026).
  2. Resolución No. 340 de 2026 de la Aduana General de la República (Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 5 de octubre de 2026) — reglas para las importaciones no comerciales y valores de referencia.
  3. Resolución No. 197 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios (Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 5 de octubre de 2026) — importación comercial por viajeros y tarifas en USD.
  4. Resolución No. 352 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios (Gaceta Oficial No. 71 Extraordinaria de 10 de diciembre de 2020) — tarifas arancelarias de los pasajeros.
  5. Decreto-Ley No. 108 de 2025 «De Aduanas», Decreto No. 134 de 2025 (su Reglamento) y Resolución No. 532 de 2025 de la Aduana General de la República (Gaceta Oficial No. 7 Ordinaria de 21 de enero de 2026).
  6. Resolución No. 320 de 2022 del Ministerio del Transporte (Gaceta Oficial No. 4 Ordinaria de 12 de enero de 2023), modificada por la Resolución No. 175 de 2024 (Gaceta Oficial No. 104 Extraordinaria de 29 de diciembre de 2025) — formulario D’Viajeros.

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