Enviar paquetes y combos a Cuba: límites, aranceles y lo que cambió en 2026
El límite de 500 USD por envío, los primeros 30 USD exentos, la exención de alimentos y medicamentos hasta 200 USD, el pago en dólares del exceso y las reglas de los combos comprados en línea.
Un envío —aéreo, marítimo o postal— que recibe una persona en Cuba es una importación sin carácter comercial. Sus reglas están en el Decreto-Ley 22 de 2020 y en las resoluciones del Ministerio de Finanzas y Precios y de la Aduana General de la República que lo desarrollan. En 2026 cambiaron tres cosas: subió el límite de valor, se hizo indefinida la exención de alimentos y medicamentos, y se permite pagar en dólares lo que exceda.
El límite y lo que se paga
La exención de alimentos, aseo y medicamentos solo se aplica si el envío contiene únicamente esos artículos. Para valorarlos, la Resolución 34 de 2026 de la Aduana usa la equivalencia de 1 kg igual a 10 USD.
| Regla | Valor (Resolución 9 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios) |
|---|---|
| Límite de valor por envío | 500 USD (antes, 200 USD) |
| Exento | Los primeros 30 USD o 3 kg |
| Arancel sobre el exceso | 30 % |
| Envío que contiene solo alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos | Exento hasta 200 USD o 20 kg |
Cantidades
La Resolución 340 de 2026 de la Aduana fija las reglas de las importaciones no comerciales de las personas naturales y unos valores de referencia que se aplican por cualquier vía. Según esas reglas, las misceláneas tienen que ser diversas en sus tipos, y de un mismo artículo se admiten 5 kg o 5 unidades, o 3 si cada una vale más de 50 USD.
Si el envío se pasa del límite
Desde octubre de 2026, si un envío excede el límite o tiene carácter comercial, el destinatario puede optar por formalizarlo como importación comercial y pagar en dólares un 30 % de impuesto aduanero (Decreto-Ley 132 y Resolución 197 de 2026), más una tarifa de servicio de 2 a 50 USD según el valor. El pago se hace con tarjeta internacional o nacional en dólares. Si no paga ni se reembarca, la Aduana aplica el decomiso.
Plantas eléctricas, motos y autos por envío
- Plantas eléctricas de más de 900 W: pueden enviarse por encima del valor límite pagando un 30 % sobre el exceso (Resolución 10 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios).
- Una moto o ciclomotor eléctrico por envío, y una moto de combustión de hasta 250 cc cada cinco años, para personas residentes en Cuba (Decreto 163 de 2026).
- Un auto totalmente eléctrico, una sola vez, exonerado si viene con su estación de carga con fuentes renovables (Decreto 163 de 2026).
Los combos comprados en línea
Un combo pagado desde el exterior a un vendedor cubano no es un envío de una persona a otra: es una venta de comercio electrónico. El Acuerdo 10216 del Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial No. 32 Extraordinaria de 25 de febrero de 2026 y en vigor a los 60 días, regula ese comercio con pagos desde el exterior.
- El Banco Central de Cuba fija los requisitos para autorizar a los vendedores a cobrar desde el exterior (apartado tercero).
- Los vendedores deben inscribirse en el Registro Central Comercial y cumplir las normas de protección al consumidor, garantías y posventa (apartado cuarto).
- Se prohíbe vender bienes a entidades extranjeras para que estas los vendan a beneficiarios en Cuba mediante ese comercio electrónico (apartado décimo).
- Los tributos de estas ventas se pagan en divisas (disposición especial tercera).
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto puede valer un paquete a Cuba?
- Hasta 500 USD desde el 1 de febrero de 2026, por la Resolución 9 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios. Los primeros 30 USD están exentos y el exceso paga un 30 %.
- ¿Las cajas de comida y medicinas pagan arancel?
- No, hasta 200 USD o 20 kg, siempre que el envío contenga solo alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos.
- ¿Qué pasa si el paquete vale más de 500 USD?
- Desde octubre de 2026 el destinatario puede pagar en dólares un 30 % de impuesto como importación comercial, más la tarifa de servicio de la Aduana, o pedir el reembarque. Si no hace ninguna de las dos cosas, se decomisa.
- ¿Quién regula los combos que pago desde fuera?
- El Acuerdo 10216 del Consejo de Ministros, que obliga a los vendedores cubanos a estar autorizados por el Banco Central para cobrar desde el exterior y a inscribirse en el Registro Central Comercial.
Fuentes
- Resolución No. 9 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y Resolución No. 34 de 2026 de la Aduana General de la República (Gaceta Oficial No. 7 Extraordinaria de 17 de enero de 2026).
- Decreto-Ley No. 132 de 2026, Resolución No. 197 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y Resolución No. 340 de 2026 de la Aduana General de la República (Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 5 de octubre de 2026).
- Resolución No. 10 de 2026 del Ministerio de Finanzas y Precios (Gaceta Oficial No. 7 Extraordinaria de 17 de enero de 2026) y Decreto No. 163 de 2026 del Consejo de Ministros (Gaceta Oficial No. 65 Ordinaria de 4 de agosto de 2026).
- Acuerdo No. 10216 de 2025 del Consejo de Ministros (Gaceta Oficial No. 32 Extraordinaria de 25 de febrero de 2026) — comercio electrónico con pagos en o desde el exterior.
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